Después de más de 18 años de un prolongado proceso judicial, la Justicia bonaerense dictaminó una indemnización de 22 millones de pesos para una mujer que sufrió graves lesiones cuando la rueda de un colectivo se desprendió y la golpeó en Belén de Escobar.
El hecho ocurrió el 23 de julio de 2007 en la intersección de la Colectora Oeste y avenida Tapia de Cruz. Mientras la víctima caminaba por el lugar, una rueda del transporte público se desprendió en movimiento, impactándola violentamente y causándole serias heridas.
Tras el accidente, la mujer fue atendida inicialmente en el hospital local y luego trasladada a una clínica privada, donde permaneció tres meses en silla de ruedas, fue sometida a cirugía y recibió sesiones de kinesiología para su recuperación.
Los informes médicos detallaron un traumatismo de cráneo con pérdida de conocimiento, además de lesiones en hombro y rodilla izquierdos, que derivaron en una incapacidad parcial y permanente del 12% por afectación funcional en la rodilla.
La víctima inició una demanda civil contra la empresa de transporte y su aseguradora, buscando reparación por la afectación grave a su salud y calidad de vida causada por la negligencia.
Durante el juicio, tanto la empresa como la aseguradora reconocieron el hecho, aunque intentaron eximir su responsabilidad alegando fuerza mayor y límites de cobertura, argumentos que el Tribunal rechazó por falta de pruebas.
Fundamento de la sentencia
El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 4 de Zárate aplicó la legislación vigente antes del Código Civil 2015, optando por la responsabilidad objetiva por riesgo creado. Esto implica que la empresa, como titular de un vehículo potencialmente riesgoso, debe responder por los daños causados, salvo que pruebe un caso fortuito, lo que no logró.
El magistrado determinó que la rueda se desprendió por un "vicio del rodado", señalando que estas fallas mecánicas suelen estar vinculadas a deficiencias en el mantenimiento, por lo que son previsibles y evitables.
Asimismo, se aclaró que la carga de probar la ausencia de responsabilidad recaía en la empresa y la aseguradora, quienes no presentaron pruebas suficientes para desvincularse.
Detalles de la reparación
La indemnización establecida asciende a 22 millones de pesos, contemplando: 12 millones por incapacidad, un millón por gastos médicos y terapéuticos, un millón por lucro cesante y ocho millones por daño moral.
Además, la sentencia ordena que el monto sea actualizado con intereses desde el día del accidente hasta el pago efectivo, aplicando una tasa fija y luego la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Por último, las costas judiciales y honorarios quedarán a cargo de la empresa y la aseguradora, reforzando así la justicia para la víctima tras casi dos décadas.







